La Ley de Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo No remunerado del hogar, entra en vigencia desde lunes 20 de abril de 2015, con la publicación en Registro Oficial No. 483.
La Ley, aprobada el martes 14 de abril en segundo debate, incluye los siguientes aspectos relevantes:
Eliminación del 40% del aporte que realizaba el Estado al IESS
Pensiones jubilares se incrementarán en función de tasa anual de inflación (antes se aplicaba una tabla que iba del 4.3% al 16.16%)
Límite (techo) a las utilidades de todos los trabajadores de 24 salarios básicos , exceso irá al IESS para financiar afiliación de trabajadoras del hogar.
Eliminación del contrato de trabajo a plazo fijo, a partir de la vigencia de la Ley. Los contratos a plazo fijo suscritos hasta antes de la vigencia de la Ley, son válidos.
Pensión jubilar para las amas de casa que aportarán en base a los ingresos del hogar, sin cobertura de salud y con derecho a pensión jubilar. Para acceder al beneficio deben aportar 20 años y cumplir 65 años de edad.
Ministerio de Trabajo fijará los límites para remuneraciones de directivos, alta gerencia.
Pago de décimos en forma mensual es voluntario, si el trabajador requiere cobrarlos en forma acumulada deberán solicitarlo por escrito.
Bono de 25% (reemplaza al desahucio) al terminar contratos por obra o servicio.
Por renuncia voluntaria el empleador deberá cancelar el 25% de la última remuneración por cada año de servicio,plazo 15 días para este pago.
Se congela jubilación a empleados públicos, se reemplaza el cálculo de 5 salarios básicos unificados por cada año de servicios, contados a partir del quinto año (150 sueldos) por el cálculo del salario de 2015, es decir USD354.
Despido ineficaz para mujeres embarazadas, dirigentes sindicales.